El distintivo de conformidad con el ENS (el «logo ENS» que todo el mundo busca)

Lo que en el día a día se llama «logo ENS» tiene nombre oficial: distintivo de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad, y no es un logo que te inventas ni que diseña tu consultora. Lo regula la guía CCN-STIC 809 del Centro Criptológico Nacional (edición de abril de 2026): hay tres tipos —Declaración, Certificación y Aprobación Provisional—, cada uno con su propio modelo oficial, su propio emisor y sus propias condiciones de uso. Ponerlo en tu web o en una oferta sin cumplirlas no es un matiz estético: la guía condiciona el uso del distintivo de certificación a que sigas teniendo la certificación vigente, y quien no lo respeta acaba exhibiendo un sello que ya no le corresponde.

Si todavía no sabes si tu sistema cae en categoría BÁSICA, MEDIA o ALTA —lo que determina qué distintivo te toca—, resuélvelo antes con el autodiagnóstico ENS gratuito. Si buscas el mapa completo de cómo se adecua, audita y certifica un sistema, está en el hub de cumplimiento del ENS y en la guía completa del Esquema Nacional de Seguridad. Y si lo que necesitas es el proceso de certificación en sí —requisitos, plazos, coste—, esa pieza es certificación ENS: proceso, requisitos y costes; aquí me centro solo en el distintivo: qué es, quién lo da y qué puedes y no puedes hacer con él.

¿Qué es exactamente el distintivo de conformidad con el ENS?

Es el documento electrónico —y, en su representación gráfica, el sello o "logo"— que acredita que un sistema de información ha superado el procedimiento de determinación de la conformidad que fija el artículo 38 del Real Decreto 311/2022. El propio Anexo IV (Glosario) del RD 311/2022 lo define en dos entradas separadas según quién lo firma:

El detalle que comparten las dos definiciones es el que más se pasa por alto: el distintivo no vale como imagen suelta, tiene que incluir un enlace que siga funcionando y que lleve al documento real —Declaración o Certificación— publicado en la sede electrónica o página web de la organización. Un sello sin ese enlace vivo no es el distintivo que regula la norma; es una imagen que se le parece.

La obligación de fondo está en el artículo 38.2 del mismo real decreto: los sujetos responsables "darán publicidad, en los correspondientes portales de internet o sedes electrónicas a las declaraciones y certificaciones de conformidad con el ENS". La guía CCN-STIC 809 —"Declaración, Certificación y Aprobación Provisional de conformidad con el ENS y Distintivos de cumplimiento"— es la que baja ese artículo a modelos concretos, condiciones de emisión y reglas de uso; la edición que descarga el CCN a 26 de septiembre de 2026 está fechada en abril de 2026.

¿Quién concede cada distintivo? No es lo mismo declarar que certificar

Aquí está la confusión más frecuente, y la norma es tajante: la vía mínima no la eliges tú, la determina la categoría de tu sistema (en BÁSICA puedes optar por certificarte; en MEDIA o ALTA no puedes quedarte en la declaración).

DistintivoCategoría del sistemaQuién lo emite o firma¿Obligatorio?Modelo del documento
Distintivo de Declaración de ConformidadBÁSICALa propia organización responsable del sistema, tras autoevaluarseObligatorio en BÁSICA (salvo que opte por certificarse)Anexo A, CCN-STIC 809
Distintivo de Certificación de ConformidadMEDIA o ALTA (y BÁSICA si se opta por auditoría)Entidad de Certificación acreditada por ENACObligatorio en MEDIA/ALTA · voluntario en BÁSICAAnexo B, CCN-STIC 809
Distintivo de Aprobación Provisional de Conformidad (APC)BÁSICA o MEDIA, con carácter excepcionalEl Centro Criptológico Nacional (CCN), a petición del Órgano de Auditoría Técnica o de la Entidad de CertificaciónExcepcional y transitorioAnexo C, CCN-STIC 809

Tres matices que no caben en la tabla y que sí importan a la hora de publicarlo:

¿Qué puedes mostrar en tu web o en una oferta, y qué no?

Esta es la pregunta que de verdad trae a la gente hasta aquí, y tiene respuestas concretas.

Sí puedes:

No puedes:

El caso de categoría MEDIA: aquí el distintivo no es opcional

Si tu sistema está categorizado como MEDIA —la categoría con más certificados en el registro del CCN: 1.846, frente a 1.007 de ALTA, a 25 de septiembre de 2026—, el distintivo de Certificación de Conformidad no es una decisión de marketing, es una obligación del artículo 38.1: necesitas superar una auditoría formal, con las garantías de independencia y metodología que fija el Anexo III del ENS, y, una vez superada, exhibir el distintivo que firma la Entidad de Certificación. No cabe sustituirlo por una autoevaluación ni por una Declaración propia, que solo vale para categoría BÁSICA. Y esa auditoría se repite, con carácter ordinario, al menos cada dos años, con hasta tres meses más de plazo si concurre una causa de fuerza mayor no imputable a la organización.

¿Y los sistemas que ya funcionaban antes de 2022?

Un matiz que se pasa por alto: la disposición transitoria única del RD 311/2022 dio a los sistemas preexistentes a su entrada en vigor —incluidos los de los contratistas del sector privado del artículo 2— veinticuatro meses para alcanzar la plena adecuación, "circunstancia que se manifestará con la exhibición del correspondiente distintivo de conformidad". El real decreto entró en vigor el 5 de mayo de 2022 (el día siguiente a su publicación en el BOE, el 4 de mayo), así que ese plazo transitorio terminó el 5 de mayo de 2024: a día de hoy, cualquier sistema preexistente dentro del ámbito del ENS ya debería tener publicado su distintivo, sin margen de transición al que acogerse.

Cómo se llega al distintivo, paso a paso

  1. Categoriza tu sistema (BÁSICA, MEDIA o ALTA) según el artículo 40 y el Anexo I del ENS. El autodiagnóstico ENS te orienta en unos minutos.
  2. Implanta las medidas del Anexo II que te correspondan y documenta tu Declaración de Aplicabilidad.
  3. En BÁSICA, haz la autoevaluación, firma tu Declaración de Conformidad y genera el distintivo con el modelo del Anexo A. En MEDIA o ALTA, contrata una auditoría con una Entidad de Certificación acreditada por ENAC.
  4. Supera la auditoría. Si aparecen no conformidades, resuélvelas; si son graves y tu sistema es de categoría ALTA, el artículo 31.6 permite al responsable del sistema suspender temporalmente el servicio hasta subsanarlas.
  5. Recibe la Certificación y, con ella, el distintivo firmado por la Entidad de Certificación (Anexo B). La entidad certificadora tiene quince días desde la expedición para comunicarla al CCN, que mantiene en su web la relación de organizaciones certificadas.
  6. Publica el distintivo en tu sede electrónica o web, con el enlace vivo a la Certificación o Declaración correspondiente.
  7. Repite el proceso al menos cada dos años, como marca el artículo 31, para mantener el distintivo vigente; si dejas de renovar la certificación, pierdes también el derecho a exhibir el distintivo.

Lo que el distintivo no es

No es la certificación en sí: es su representación gráfica y su prueba de publicidad, pero el documento que de verdad acredita la conformidad es la Declaración, la Certificación o la Aprobación Provisional a la que enlaza. No sustituye a la Declaración de Aplicabilidad ni a la gestión de riesgos del artículo 14, que el artículo 28.1 obliga a tener en cuenta al seleccionar las medidas del Anexo II. Y, sobre todo, no lo emite ni lo certifica una consultoría: lo hace una Entidad de Certificación acreditada por ENAC conforme a la UNE-EN ISO/IEC 17065 (apdo. VI.1 de la Instrucción Técnica de conformidad) —en el sector público, el apdo. VI.4 exime de esa acreditación a los órganos públicos con competencias de auditoría de sistemas, siempre que su imparcialidad quede garantizada—, nunca quien te ha ayudado a prepararlo —el proceso completo de certificación, con sus requisitos y su coste, está en certificación ENS: proceso, requisitos y costes.

¿Para quién es esta pieza?

Para cualquier empresa proveedora de la Administración —o Administración misma— que ya sabe qué categoría le corresponde y quiere saber, con la norma en la mano, qué puede y qué no puede hacer con su distintivo antes de ponerlo en la web o en una oferta. Si todavía estás en la fase anterior, decidiendo el alcance y planificando el proyecto, esa parte está en el plan de adecuación al ENS y en cuánto tardan realmente los plazos de adecuación; y si lo que necesitas es entender cómo se audita tu sistema una vez implantado, la respuesta está en el Anexo III del ENS: auditoría de conformidad y en auditoría interna del ENS frente a auditoría de certificación.

Preguntas frecuentes

¿El "logo ENS" y el distintivo de conformidad son lo mismo?

Sí. "Logo ENS" es el nombre coloquial con el que mucha gente busca lo que la norma llama distintivo de conformidad: el sello oficial, en uno de sus tres tipos —Declaración, Certificación o Aprobación Provisional—, según los modelos que diseña el CCN, y que solo vale si mantiene el enlace vivo al documento real.

¿Puede mi consultora ENS poner mi distintivo en su propia web como referencia de cliente?

Puede decir que te ha ayudado a prepararlo, pero no puede exhibir tu distintivo como si fuera un logro suyo ni actuar como si certificara. El distintivo lo ostenta la organización titular del sistema, y quien firma la Certificación es una Entidad de Certificación acreditada por ENAC conforme a la UNE-EN ISO/IEC 17065 (apdo. VI.1 de la Instrucción Técnica de conformidad) —en el sector público, el apdo. VI.4 exime de esa acreditación a los órganos públicos con competencias de auditoría de sistemas, siempre que su imparcialidad quede garantizada—, que además no puede ser la misma que te ha prestado consultoría en los dos años anteriores.

Mi certificado ENS ha caducado, ¿puedo seguir mostrando el distintivo mientras renuevo?

No. La propia guía CCN-STIC 809 condiciona el uso del distintivo de Certificación a la posesión vigente de la Certificación. El CCN mantiene publicados los certificados caducados durante dos meses; si no recibe el certificado nuevo, los elimina de su web. Tú deberías retirar el distintivo de la tuya en el momento en que la certificación deja de estar en vigor.

¿Una Aprobación Provisional de Conformidad (APC) es lo mismo que estar certificado?

No, y conviene no confundirlas en una oferta comercial. La APC es un recurso excepcional para sistemas BÁSICA o MEDIA, que emite el CCN; mientras no se complete el plan de acciones correctivas de la auditoría y se obtenga la Certificación de Conformidad, el CCN no publica a esa organización en su web.

Fuentes

Si necesitas que alguien revise contigo qué distintivo te corresponde y cómo publicarlo sin errores, en la consultoría ENS para empresas lo repaso junto a tu categoría y tu Declaración de Aplicabilidad. Si prefieres hablarlo directamente, reserva una consulta.

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Autodiagnóstico ENS →Mide tu nivel de adecuación al Esquema Nacional de Seguridad.ISO 27001 o ENS: ¿cuál necesitas? →Decide cuál necesitas y en qué orden según a quién vendes, con la relación oficial CCN-STIC 825.¿Qué normativa me aplica? →Identifica en 2 minutos qué normativas (ENS, NIS2, DORA, AI Act, RGPD) obligan a tu empresa.