Segmentos IV y V del Kit Digital: lo que sigue vivo para las medianas empresas

Los segmentos IV y V son los dos tramos del programa Kit Digital dirigidos a medianas empresas: el segmento IV agrupa a las de entre 50 y menos de 100 empleados, con un bono de hasta 25.000 €, y el segmento V a las de entre 100 y menos de 250, con hasta 29.000 €. La convocatoria que les daba acceso admitió solicitudes desde el 12 de diciembre de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, así que, mientras no se publique una nueva, una mediana no puede presentar hoy una solicitud. Eso no cierra el asunto: los bonos concedidos siguen vivos y con plazos corriendo, y la Orden TDF/39/2026 mantiene el programa en marcha hasta agotar los fondos, con una vía de rescate para quien solicitó y se quedó sin crédito.

Qué son los segmentos IV y V

El Kit Digital nació en 2021 solo para pymes de menos de 50 empleados (segmentos I, II y III de la Orden ETD/1498/2021). Las medianas entraron dos años y medio después, cuando la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, amplió las bases reguladoras y creó dos segmentos nuevos:

El corte entre segmentos va por número de empleados (artículo 7.2 de las bases), y la condición de mediana sigue la definición europea de pyme: plantilla, volumen de negocios y balance.

Cuánto dinero da el bono y en qué se puede gastar

Los importes máximos por beneficiario que fijó la Orden TDF/435/2024 son estos:

SegmentoPlantillaBono máximo
IV50 a <100 empleados (o <50 con condición de mediana)25.000 €
V100 a <250 empleados29.000 €

El catálogo para medianas no es el de los segmentos pequeños: cambian los importes por categoría y entran categorías nuevas con inteligencia artificial asociada. Ejemplos, con los importes de la orden:

También hay exclusiones relevantes. Las categorías «Sitio web y presencia básica» y «Marketplace» no están disponibles para los segmentos IV y V, y la categoría «Puesto de trabajo seguro» (el ordenador subvencionado) es exclusiva del segmento III: una mediana no puede destinar el bono a comprar equipos; el hardware solo entra cuando es imprescindible para prestar la solución contratada.

Estado del programa para medianas

El plazo de solicitud y la vida del programa son dos planos distintos, y confundirlos explica casi todos los malentendidos.

El plazo de solicitud está cerrado

La convocatoria de los segmentos IV y V (la quinta del programa, según el histórico oficial de Red.es) se publicó el 10 de diciembre de 2024 y admitió solicitudes desde el 12 de diciembre de 2024 hasta el 30 de junio de 2025, ambas fechas a las 11 horas. Las convocatorias I y II habían cerrado el 31 de diciembre de 2024; las de los segmentos III y de comunidades de bienes aguantaron hasta el 31 de octubre de 2025. Acelera pyme lo resume sin matices: «Las convocatorias del Programa Kit Digital han finalizado».

El programa, en cambio, no ha terminado

La Orden TDF/39/2026, de 26 de enero, modificó las bases reguladoras en tres puntos que cambian la foto:

  1. El programa ya no tiene fecha de fin: se extiende hasta el agotamiento total de los fondos (artículo 4).
  2. Red.es debe reinvertir dentro del programa los remanentes no ejecutados (artículo 6.3): lo no gastado vuelve a la bolsa.
  3. Se pueden dictar nuevas propuestas de concesión a favor de solicitantes que fueron excluidos por agotamiento del crédito cuando queden fondos sin asignar (artículo 28.8).

Lo que esto significa para cada mediana depende de su caso; van los tres más abajo.

Los plazos que corren

Lo que más reintegros y pérdidas de ayuda provoca no es la solicitud, sino lo que viene después de la concesión. La regla central está en el artículo 21.5 de las bases: los acuerdos de prestación de soluciones con los agentes digitalizadores deben formalizarse en un máximo de seis meses desde la notificación de la resolución de concesión, y en estas convocatorias esa notificación se practica publicando la resolución en la sede electrónica de Red.es. Pasado el plazo, el beneficiario pierde el derecho al cobro de todo el importe que no haya quedado asociado a un acuerdo firmado.

A partir de la firma, la ejecución se divide en dos fases con sus propios plazos y justificaciones, y los porcentajes de pago están ligados a cada fase. Con importes de 25.000 o 29.000 €, un tropiezo documental cuesta caro; el detalle de cómo se justifica cada fase y los errores que tumban el pago está en la guía sobre cómo justificar el Kit Digital y evitar el reintegro.

Kit Digital o Kit Consulting para una mediana

Son programas distintos y compatibles entre sí: el Kit Digital paga la implantación de soluciones (un CRM, un ERP, ciberseguridad), mientras que el Kit Consulting pagaba asesoramiento para decidir qué digitalizar. Una mediana podía acogerse a ambos.

Hoy la comparación es sobre todo retrospectiva, y conviene deshacer un malentendido extendido: el Kit Consulting también tiene el plazo cerrado, pero no se quedó sin mecanismo de rescate. La Orden TDF/38/2026, de 26 de enero —gemela de la TDF/39/2026, publicada el mismo día y en el mismo BOE— le dio los tres mismos mecanismos: vigencia hasta agotar los fondos (artículo 4), reinversión de los remanentes no ejecutados «incluso después de 2026» (nuevo artículo 6.4) y nuevas propuestas de resolución para quienes quedaron excluidos por agotamiento del crédito (artículo 28.8).

Los dos programas están, pues, en la misma situación: cerrados a solicitudes nuevas y vivos por la vía de los bonos concedidos y de los remanentes. El estado actualizado del asesoramiento está en la guía del Kit Consulting 2026; qué cubría para empresas de 50 a 249 empleados, en el encaje de las medianas en el Kit Consulting; y el comparador Kit Digital o Kit Consulting resuelve en un par de minutos las dudas sobre una ayuda ya concedida.

Qué puede hacer hoy una mediana empresa

Depende de cuál de estas tres situaciones sea la tuya:

  1. Tienes el bono concedido. Comprueba la fecha de publicación de tu concesión en la sede de Red.es y cuenta los seis meses para formalizar. Si el acuerdo ya está firmado, vigila los plazos de ejecución y justificación de cada fase. Elegir bien al proveedor importa: hay criterios concretos en la guía para elegir agente digitalizador.
  2. Solicitaste y te denegaron por agotamiento de crédito. El artículo 28.8 permite a Red.es dictar nuevas concesiones con los fondos que se liberen: revisa el estado en la sede y mantente al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  3. No llegaste a solicitar. Hoy, de forma directa, no hay vía de entrada. Cualquier reapertura tendría que publicarse como convocatoria en el BOE y en la sede electrónica de Red.es: son los dos sitios donde comprobarlo antes de dar nada por hecho.

El estado general del programa, segmento a segmento, se mantiene al día en la guía completa del Kit Digital 2026; lo que aplica a tu tramo más allá de esta ayuda, en el hub de medianas empresas; y el resto de ayudas y guías del vertical, en el área de digitalización.

Preguntas frecuentes

¿Una empresa con menos de 50 empleados podía entrar en el segmento IV?

Sí. La excepción del artículo 7.2.d) de las bases incluye en el segmento IV a las empresas con menos de 50 empleados que tienen consideración de mediana por superar los 10 millones de euros de volumen de negocios anual y de balance general. Su bono era el de mediana (hasta 25.000 €), no el del segmento I.

¿Puede una mediana solicitar hoy el Kit Digital?

Hoy, de forma directa, no: el plazo de los segmentos IV y V cerró el 30 de junio de 2025 y hará falta una convocatoria nueva, publicada en el BOE y en la sede de Red.es, para volver a solicitar. Las únicas vías activas son para quien ya solicitó: bonos concedidos pendientes de ejecutar y posibles concesiones a excluidos por falta de crédito (artículo 28.8, tras la Orden TDF/39/2026).

¿Caduca el bono si ya está concedido?

En la práctica, sí. Hay un máximo de seis meses desde la notificación de la resolución de concesión (artículo 21.5 de las bases) para formalizar los acuerdos con los agentes digitalizadores; en estas convocatorias esa notificación se practica publicando la resolución en la sede electrónica de Red.es, así que esa es la fecha de la que contar. El importe que no quede asociado a un acuerdo firmado dentro del plazo se pierde. Después corren los plazos de ejecución y justificación de las dos fases.

¿Puede una mediana comprar ordenadores con el bono?

No. La categoría «Puesto de trabajo seguro», que subvenciona un equipo, es exclusiva del segmento III (0 a menos de 3 empleados). En los segmentos IV y V el hardware solo es subvencionable cuando resulta imprescindible para prestar la solución contratada, como parte de esta.

Fuentes

Herramientas gratuitas relacionadas

Sin registro y con fuentes oficiales. Comprueba tu caso en 2 minutos.

¿Kit Digital o Kit Consulting? →Descubre cuál de los dos programas encaja con tu empresa y qué puedes pedir con cada uno.Checklist de justificación · Kit Digital →Repasa punto por punto lo que te van a exigir para justificar la ayuda.¿Cuándo me obliga la factura-e B2B? →Calcula desde qué fecha te obliga la factura electrónica entre empresas de la Ley Crea y Crece.